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Días inhábiles para las notificaciones electrónicas

17 de enero de 2011 | 1:27 pm Normativa, Sin categoría
Estimados Sres.:
Por la presente, les informamos que en el BOE del pasado día 29 de diciembre 2011 , ha salido publicado laOrden EHA/3552/2011, por la que se introducen determinadas modificaciones en relación con el sistema de notificaciones electrónicas, y que les resumimos seguidamente:
•    Se han establecido los denominados “días de cortesía”, de forma que el contribuyente puede señalar hasta un máximo de 30 días naturales al año, en los que la Administración Tributaria no podrá efectuar notificaciones. Los días concretos deben ser señalados a través del portal de notificaciones, en la dirección electrónicawww.agenciatributaria.gob.es, y los mismos se consideran como dilaciones no imputables a la Administración en el cómputo de los plazos.
•    La solicitud de estos “días de cortesía”, se deberá realizar con una antelación mínima de 7 días naturales al primer día en que vaya a surtir efecto.
•    Asimismo, los días señalados pueden ser objeto de modificación mediante solicitud expresa, siempre teniendo en que cuenta los límites respecto al número máximo de 30 días naturales al año y que deben ser comunicados con una antelación de 7 días naturales.
Esperamos que esta información sea de vuestro particular interés.
Un saludo.

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