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Monthly Archives: enero, 2011

Nuevos tipos impositivos de IVA

enero 17th, 2011 Posted by Normativa, Sin categoría 0 comments on “Nuevos tipos impositivos de IVA”

Con la aprobación del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se ha procedido a una subida generalizada de los tipos de gravamen del IVA, aprlicables a partir del 1 de septiembre de 2012. POr este motivo, os facilitamos una relación de documentos que pueden ser de interés para la aplicación de dichos tipos impositivos:

– Un resumen de los nuevos tipos impositivos, elaborado por la propia Agencia Tributaria (link).

– Notas sobre criterios para determinar el tipo impositivo aplicable (link).

– Resolución de 2 de agosto de 2012 de la Dirección General de Tributos, sobre el tipo impositivo aplicable a determinadas entregas y prestaciones de servicios (link).

Boletín de Legislación Tributaria 1ºT 2012

enero 17th, 2011 Posted by Boletines, Normativa, Sin categoría 0 comments on “Boletín de Legislación Tributaria 1ºT 2012”

1. Organización

Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. (BOE 2012-01-28)

2. Procedimientos de Gestión e Inspección

Resolución de 23 de enero de 2012, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 3 de enero de 2011, por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicados. (BOE 2012-01-30).

Resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por internet ante la Agencia Tributaria. (BOE 2012-2-2).

Resolución de 24 de febrero de 2012, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2012. (BOE 1-3-2012).

3. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Orden HAP/637/2012, de 20 de marzo, por la que se reducen para 2011 y 2012 los módulos aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia. (BOE 31-3-2012)

Orden HAP/638/2012, de 26 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2011, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención o puesta a disposición, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos. (BOE 31-3-2012)

4. Impuesto sobre Sociedades (IS)

Resolución de 29 de febrero de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifica el Anexo III de la Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas. (BOE 6-3- 2012)

Resolución de 29 de febrero de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se modifica el Anexo III de la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación (BOE 6-3-2012)

Real Decreto-ley 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital. (BOE 17-3-2012)

5. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Orden HAP/637/2012, de 20 de marzo, por la que se reducen para 2011 y 2012 los módulos aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido como consecuencia de los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia. (BOE 31-3-2012)

6. Otras disposiciones de interés

Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero. (BOE 2012-2-4)

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. (BOE 2012-2-11)

Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. (BOE 2012-2-25).

Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. (BOE 6-3- 2012)

Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. (BOE 10-3-2012)

Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores. (BOE 10-3-2012)

Real Decreto-ley 8/2012, de 16 de marzo, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio. (BOE 17-3-2012)

7. Andalucía

Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía. (BOJA 26-1-2012).

Orden de 16 de marzo de 2012, por la que se regulan las declaraciones informativas de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles en relación con los tributos cedidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 23-3-2012)

Boletín de Legislación Tributaria 4º T 2011

enero 17th, 2011 Posted by Boletines, Normativa, Sin categoría 0 comments on “Boletín de Legislación Tributaria 4º T 2011”

1. Organización

Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. (BOE 2011-12-22)

2. Procedimientos de Gestión e Inspección

Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, por el que se introducen modificaciones en materia de obligaciones formales en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y se modifica el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (BOE 2011-11-26).

Orden EHA/3378/2011, de 1 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, la Orden EHA/3787/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 340 de declaración informativa regulada en el artículo 36 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE 2011-12-12)

Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre, por la que se aprueba la declaración de residencia fiscal a efectos de aplicar la excepción de comunicar el número de identificación fiscal en las operaciones con entidades de crédito, así como la relación de códigos de países y territorios. (BOE 2011-12-26)

Orden EHA/3551/2011, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. (BOE 2011-12-29)

Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, por la que se regulan los términos en los que los obligados tributarios pueden ejercitar la posibilidad de señalar días en los que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la dirección electrónica habilitada y por la que se modifica la Orden HAC/661/2003, de 24 de marzo, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo y se determinan el lugar, la forma y los plazos para su presentación. (BOE 2011-12-29)

Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. (BOE 2011-12- 31).

3. Procedimiento de Recaudación

Resolución de 16 de diciembre de 2011, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en entidades de crédito. (BOE 2011-12-27)

Resolución de 16 de diciembre de 2011, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar a través de internet el embargo de dinero en cuentas a la vista abiertas en entidades de crédito cuyos saldos se encuentren total o parcialmente pignorados y de aquellas otras cuya titularidad corresponda a deudores en situación concursal. (BOE 2011-12-28).

4. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador, y por la que se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 291, aprobado por Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre y del modelo 196 aprobado por Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre. (BOE 2011-12-12)

Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. (BOE 2011-12- 31)

5. Impuesto sobre Sociedades (IS)

Directiva 2011/96/UE del Consejo, de 30 de noviembre de 2011, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes (DOUE L 345, de 29 de diciembre de 2011)

6. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE 2011-11-29).

7. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Recomendación de la Comisión, de 15 de diciembre de 2011, relativa a medidas encaminadas a evitar la doble imposición en materia de sucesiones (DOUE L 336, de 20 de diciembre de 2011).

8. Otras disposiciones de interés

Ley 31/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. (BOE 2011-10-05)

Ley 32/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores. (BOE 2011-10-05)

Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias. (BOE 2011- 10-05)

Real Decreto 1360/2011, de 7 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior. (BOE 2011-10-08)

Orden EHA/2670/2011, de 7 de octubre, por la que se modifica la Orden de 27 de diciembre de 1991, de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior. (BOE 2011-10-08)

Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal. (BOE 2011-10-11)

Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. (BOE 2011-10- 11).

Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio. (BOE 2011-11-04).

Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego. (BOE 2011-11- 15)

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. (BOE 2011-11-16)

Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos. (BOE 2011-11-24)

9. Andalucía

Decreto-ley 2/2011, de 25 de octubre, por el que se eleva el mínimo exento para personas con discapacidad y se regula el tipo de gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA 31-10-2011).

Orden de 27 de octubre de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de determinados bienes rústicos, radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, se establecen las reglas para la aplicación de los mismos y se publica la metodología para su obtención. (BOJA 2011- 11-15).

Ley 17/2011, de 23 de diciembre, por la que se modifican el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos; la Ley de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad; la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía; diversos preceptos relativos al Programa de Transición al Empleo de la Junta de Andalucía (PROTEJA); la Ley de reordenación del sector público de Andalucía; y la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como se adoptan medidas en relación con el Impuesto sobre los Depósitos de Clientes en las Entidades de Crédito en Andalucía. (BOJA 31-12-2011)

Ley 18/2011, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2012. (BOJA 31-12-2011).

DEDUCCIÓN DE CUOTAS SOPORTADOS DE IVA POR SOCIEDAD EN CONCURSO Y…

enero 17th, 2011 Posted by Artículos, Jurisprudencia, Sin categoría 0 comments on “DEDUCCIÓN DE CUOTAS SOPORTADOS DE IVA POR SOCIEDAD EN CONCURSO Y…”

A continuación os informamos del novedoso criterio de la Dirección General de Tributos, admitiendo la posibilidad de que una entidad, declarada en quiebra, y habiendo cesado en su actividad, sin embargo, le permite la deducción de cuotas de IVA soportadas, siempre que no estuviere dado de baja en el censo de empresarios.

Efectivamente, en la contestación a Consulta Vinculante nº V0282-12, de 9 de febrero, de la Dirección General de Tributos, una entidad, declarada judicialmente en quiebra, plantea la posibilidad de deducir el IVA soportado en el ejercicio, teniendo en cuenta  que actualmente tiene como única actividad la liquidación de sus activos, que ha soportado el Impuesto sobre el Valor Añadido por la adquisición de servicios jurídicos y que no tiene ninguna cuota devengada por dicho Impuesto como consecuencia de su inactividad.

En relación con el asunto, la Dirección General de Tributos acude al artículo 11 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (BOE del 5 de septiembre), donde se regula la declaración de baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

En virtud de dicho precepto, la pérdida de la condición de empresario o profesional a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido no tendrá lugar en tanto no se cese efectivamente en la actividad correspondiente y se formule la baja en el correspondiente censo de empresarios o profesionales, estando sujeto, hasta que no se produzca dicha baja, al cumplimiento de las obligaciones formales que correspondan.

Adicionalmente, se alude al criterio puesto de manifiesto por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en su sentencia de 3 de marzo de 2005, Asunto C-32/03, Fini H. En particular, en los apartados 27 a 31 de la misma, el Tribunal manifiesta lo siguiente:

“30. De las consideraciones anteriores se desprende que el sujeto pasivo debe poder disfrutar del derecho a deducir el IVA soportado en el pago de la renta y de los gastos conexos del local anteriormente destinado al ejercicio de la actividad de restauración durante el período en el que ya no explotaba el restaurante, es decir, desde octubre de 1993 hasta septiembre de 1998, del mismo modo que lo hizo durante el período comprendido entre el inicio de su actividad de restauración y la fecha de cese de la misma, puesto que, a lo largo de toda la duración del arrendamiento, los locales estuvieron directa e inmediatamente relacionados con la actividad económica de dicho sujeto pasivo.

31. Procede, por tanto, reconocer el derecho a deducir el IVA soportado a causa de la liquidación de un negocio siempre que su ejercicio no dé lugar a situaciones fraudulentas o abusivas.”

Por su parte, el apartado 35 de la referida sentencia concluye lo siguiente:

“35. Por consiguiente, procede responder a la primera cuestión que el artículo 4, apartados 1 a 3, de la Sexta Directiva debe interpretarse en el sentido de que procede considerar sujeto pasivo a efectos de este artículo a una persona que ha dejado de ejercer una actividad comercial, pero continúa abonando la renta y los gastos conexos del local que sirvió para ejercer dicha actividad debido a que el contrato de arrendamiento contiene una cláusula que impide resolverlo, permitiendo en consecuencia que dicha persona deduzca el IVA correspondiente a las cantidades pagadas por estos conceptos, siempre que exista una relación directa e inmediata entre los pagos realizados y la actividad comercial y se haya acreditado que no existió intención de actuar de forma fraudulenta o abusiva.”.

En consecuencia con el indicado criterio, no se pierde automáticamente la condición de sujeto pasivo por el mero cese en la actividad, si como consecuencia del ejercicio de la misma se incurre posteriormente en gastos directamente relacionados con aquélla, permitiendo la deducción de las correspondientes cuotas soportadas de concurrir los restantes requisitos exigidos legalmente.

EXENCIÓN DE GANANCIAS PATRIMONIALES POR TRANSMISIÓN DE INMUEBLE…

enero 17th, 2011 Posted by Artículos, Normativa, Sin categoría 0 comments on “EXENCIÓN DE GANANCIAS PATRIMONIALES POR TRANSMISIÓN DE INMUEBLE…”

El pasado día 12 de Mayo de 2012 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero.

En el plano tributario, y con el objetivo de estimular la compra de los activos inmobiliarios, se introduce una exención parcial (50%) de las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos que se adquieran entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012, exención que resulta aplicable al Impuesto sobre Sociedades (IS), Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre la Renta de No Residentes(IRNR), y condicionada al cumplimiento de unos determinados requisitos que resumimos a continuación.

Como requisitos generales, para que pueda resultar de aplicación dicha exención parcial, debe recordarse que deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • La adquisición debe realizarse entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012.
  • Debe tratarse de inmuebles urbanos, por lo que se excluyen a los inmuebles rústicos.
  • La adquisición no puede realizarse a personas vinculadas con el comprador.

Adicionalmente, en relación con el Impuesto sobre Sociedades (IS), estarán exentas en un 50% las ganancias obtenidas en la posterior transmisión de dichos inmuebles, siempre que tuvieran la condición de activo no corriente, lo que excluye la posibilidad de aplicar este beneficio fiscal a las sociedades que tengan por objeto la compra y venta de inmuebles. Asimismo, esta exención parcial será compatible con la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.

En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), también se establece una exención del 50%, pero indicándose expresamente que, en el caso de que el inmueble constituya la vivienda habitual en el momento de su transmisión y se reinvierta parcialmente el precio de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual, la exención se aplicará de forma proporcional a la ganancia objeto de tributación.

En definitiva, estamos ante una medida de claro estímulo tributario a la adquisición de inmuebles, por lo que habrá que estar atento a los próximos acontecimientos para poder valorar si la citada medida fiscal ha dado el fruto esperado.

Aprobado el Modelo 750 – Declaración Tributaria Especial para am…

enero 17th, 2011 Posted by Artículos, Normativa, Sin categoría 0 comments on “Aprobado el Modelo 750 – Declaración Tributaria Especial para am…”

En el BOE del pasado día 4 de junio de 2012, ha salido publicada la Orden Ministerial HAP/1182/2012, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Modelo 750, correspondiente a la Declaración Tributaria Especial, y que es la declaración con la que se podrá efectuar la regularización permitida por la amnistía fiscal vigente hasta el 30 de noviembre.
Os animamos a que consultéis la Sección de Artículos, donde podréis encontrar un artículo donde se analiza con mayor profundidad las ventajas e inconvenientes de dicha amnistía fiscal, los requisitos a cumplir así como las formalidades a cumplir en la confección y presentación de dicha declaración.

Boletín de Legislación Tributaria 3º T 2011

enero 17th, 2011 Posted by Boletines, Sin categoría 0 comments on “Boletín de Legislación Tributaria 3º T 2011”

1. Organización

Orden EHA/1843/2011, de 30 de junio, por la que se regula la publicación de anuncios en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la notificación por comparecencia. (2011-07-04).

 

2. Procedimientos de Gestión e Inspección

Real Decreto 1145/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. (BOE 2011-07-30)

 

3. Impuesto sobre Sociedades (IS)

Deducciones Orden CIN/2212/2011, de 29 de julio, por la que se exime en determinados casos de la presentación del informe técnico en la emisión de los informes motivados previstos en el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, y se actualiza el formato para solicitar los mismos. (BOE 2011-08-05).

 

4. Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal. (BOE 2011-09-17).

 

5. Otras disposiciones de interés

Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas. (BOE 2011-07-02).

Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. (BOE 2011-07-07).

IMPLICACIONES FISCALES DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES

enero 17th, 2011 Posted by Artículos, Normativa, Sin categoría 0 comments on “IMPLICACIONES FISCALES DEL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES”
  1. INTRODUCCIÓN

En fechas recientes se ha procedido al cobro de las cantidades que se les adeudaba, por parte de aquellas empresas que se han acogido al plan de pago a los proveedores de las entidades locales, aprobado por el Real decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero. Por este motivo, entendemos que puede resultar de mucha utilidad un análisis de las implicaciones tributarias que el acogimiento a dicho régimen puede tener para los sujetos afectados.

Como consideración previa, deben recordarse las directrices marcadas por el referido Real Decreto, que facilitará el cobro de las facturas pendientes a 1 de enero de 2012. Así, en cuanto  al ámbito subjetivo de aplicación únicamente se incluyen las deudas de aquellas entidades locales que perciben ingresos por la participación en los tributos del Estado (estos fondos son precisamente los que constituyen la garantía última del mecanismo de financiación). De esta manera, quedan excluidas de este plan: entidades supramunicipales (áreas metropolitanas y entidades municipales de carácter asociativo como mancomunidades de municipios y consorcios), las comarcas y las entidades de ámbito territorial inferior al municipio. Por el contrario sí resulta de aplicación a las obligaciones pendientes de pago de organismos y entidades dependientes que pertenezcan íntegramente a las entidades locales y que están incluidos en el Inventario de Entes del Sector Público Local.

Delimitado así el sector público local, las obligaciones pendientes de pago a los contratistas habrán de cumplir losrequisitos siguientes para poder acceder a los beneficios del referido plan:

  1. Que se trate de deudas vencidas, líquidas y exigibles y que la recepción, en el registro de la entidad local,sea anterior al 1 de enero de 2012.
  2. Que se trate de contratos de obras, servicios o suministros incluidos en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el RDLeg. 3/2011, de 14 de noviembre.

Uno de los aspectos más llamativos y controvertidos que presenta el plan introducido a través del RDL 4/2012, es que las obligaciones de pago, deberán limitarse exclusivamente al importe del principal de la deuda pendiente de pagoIVA o IGIC incluido en su caso, debiéndose renunciar al cobro de posibles intereses de demora, costas judiciales o cualesquiera otros gastos accesorios[1].

  1. IMPLICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Las implicaciones que el RD Ley 4/2012 tiene sobre el Impuesto sobre Sociedades, merece el análisis desde dos puntos de vista:

  1. DETERIORO DEL CRÉDITO POR INSOLVENCIA

El artículo 12.2 TRLIS establece las normas de deducibilidad de las pérdidas por el deterioro experimentado por los créditos por eventuales insolvencia de los deudores en los siguientes términos:

No serán deducibles las pérdidas respecto de los créditos que seguidamente se citan, excepto que sean objeto de un procedimiento arbitral o judicial que verse sobre su existencia o cuantía:

  1. Los adeudados o afianzados por entidades de derecho público.

(…)”

Conforme lo anterior, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el referido del RD 4/2012, pasaremos a analizar las diferentes situaciones en las que pudiera encontrarse un crédito:

  1. El crédito frente a la entidad local no fue objeto de provisión o deterioro contable alguno

Bajo este supuesto, el cobro del crédito no tendrá transcendencia fiscal alguna en el Impuesto sobre Sociedades, de forma que el cobro de dicho crédito motivará la cancelación del mismo y su sustitución por el efectivo cobrado.

  1. El crédito frente a la entidad local se encuentra deteriorado contablemente y no ha sido objeto de reclamación judicial

Conforme a lo dispuesto en el artículo 12.2. TRLIS, el deterioro experimentado en su día por el crédito no cumplía con el requisito de deducibilidad exigido por la norma (puesto que era un crédito adeudado por una entidad de derecho público), por lo que se tuvo que realizar un ajuste positivo en base imponible, generando en consecuencia una diferencia temporaria imponible.

En la actualidad, tras el cobro de ese crédito, será necesaria la regularización del deterioro registrado en su día (por aplicación de la provisión), contabilizando un ingreso por la reversión de la provisión o deterioro registrados. No obstante, en la medida en que se practicó en su día un ajuste positivo, será necesario practicar ahora un ajuste negativo, anulando de esta forma el posible ingreso contable.

  1. El crédito frente a la entidad local se encuentra deteriorado contablemente y además, el mismo ha sido objeto de reclamación judicial.

En este supuesto nos encontramos con que se cumplen los requisitos previstos en el artículo 12.2. TRLIS, razón por la cual, el deterioro registrado en su día se consideró fiscalmente deducible. El cobro que se produce ahora supondrá regularizar el deterioro registrado en su día aplicando la provisión, resultando un ingreso a todas luces computable en la base imponible, no procediendo así, realizar ningún tipo de ajuste.

  1. CONDONACIÓN PARCIAL DEL CRÉDITO

El referido RD Ley 4/2012, en su artículo 8, prevé que “podrán establecerse como criterios para prioridad de pago, entre otros, los siguientes: a) Descuento ofertado sobre el importe del principal de la obligación pendiente de pago (…)”

Adicionalmente, debe recordarse que el acogimiento al plan de pagos supone para el proveedor la renuncia a reclamar intereses de demora, gastos de cobro, costas y cualesquiera otros gastos accesorios.

Por este motivo, tal renuncia tendrá especial relevancia a efectos del Impuesto sobre Sociedades, puesto que la renuncia a reclamar dichas cantidades supondrá un reconocimiento de una pérdida que afectará al resultado contable, y en la medida que consideremos dicha condonación como una liberalidad o donación, en virtud del artículo 14.1 e) TRLIS, nos encontraríamos ante un gasto fiscalmente no deducible.

En este sentido, entendemos que es defendible la inexistencia de la citada liberalidad, en la medida en que dicha renuncia viene impuesta por el propio Real Decreto-Ley 4/2012, como requisito para acogerse al régimen. A este respecto, debe traerse a colación las contestaciones a consultas vinculantes números V2777-07 y V1222-10, entre otras, en las que la Dirección General de Tributos (DGT) expresamente viene a manifestar que no hay liberalidad o donación en la medida de que no exista “animus donandi” para el proveedor.

La circunstancia expuesta nos llevaría a defender que estamos ante un gasto fiscalmente deducible, puesto que no existe el referido “animus donandi” en la medida en que dicha renuncia viene impuesta por el propio Real Decreto-Ley 4/2012, como requisito para que el proveedora pueda acogerse al régimen. En cualquier caso, estaremos atentos a cualesquiera pronunciamientos que pudieran producirse al respecto por parte de la propia Agencia Tributaria.



[1] La previsión de esta cláusula en el RDL 4/2012 resulta claramente contradictoria con la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la cual expresamente dispone que toda cláusula que excluya el derecho a cobrar intereses por parte del acreedor, debe considerarse siempre  manifiestamente abusiva.

Resolución TEAC para unificación de criterio: No Aplicación…

enero 17th, 2011 Posted by Jurisprudencia, Sin categoría 0 comments on “Resolución TEAC para unificación de criterio: No Aplicación…”

Por el presente os informamos de la novedosa y reciente Resolución dictada el pasado 30 de mayo de 2012 por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), dictada en recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio, donde concluye que el Régimen de Entidades de Reducida Dimensión (ERD) no es aplicable a las sociedades de mera tenencia de bienes.

El recurso para la unificación de criterio fue interpuesto por la Dirección General de Tributos, ante los diferentes pronunciamientos contradictorios que se estaban produciendo entre los mismos Tribunales Económico-Administrativos Regionales (TEAR). Así, el TEAR de Andalucía, consideraba que era necesario que la sociedad desarrollara una actividad empresarial, haciendo aplicación de los criterios previstos en la normativa del IRPF. Por el contrario, el TEAR de Valencia consideraba que la Ley no exigía específicamente dicho requisito, y además indicaba que el concepto de actividad económica no sólo se encontraba recogido en la norma del IRPF, sino también en la normativa del IVA o del IAE, por lo que .

Pues bien, el TEAC se decanta por la opción de considerar que no es aplicable el régimen de ERD para las sociedades que no desarrollen actividades empresariales, debiendo acudirse a la normativa del IRPF para considerar si se cumple o no dicho requisito, lo que en el caso de sociedades dedicadas al arrendamiento, supone la necesidad de disponer de local destinado exclusivamente y empleado con contrato laboral y a jornada completa.

El criterio del TEAC es de obligatorio seguimiento para los TEAR y la propia Administración Tributaria, por lo que mucho nos tememos que se va a producir una auténtica avalancha de liquidación provisionales practicadas por la Agencia Tributaria con base en la resolución comentada, negando la aplicación de los beneficios fiscales previstos en el régimen de ERD, entre los que se incluye un tipo de gravamen reducido del 25% para la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 Euros.

Adjunto os incorporamos el texto íntegro de la resolución, donde se incorporan todos los argumentos del TEAC para alcanzar una conclusión de la que discrepamos por entender que existen argumentos en contra.

Boletin Legislación Tributaria 4ºT 2010

enero 17th, 2011 Posted by Boletines, Sin categoría 0 comments on “Boletin Legislación Tributaria 4ºT 2010”

1. Organización

Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (BOE 2010-11-16).

Resolución de 2 de noviembre de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifican la Resolución de 21 de septiembre de 2004, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Tributaria, y la Resolución de 21 de marzo de 2006, por la que se establece el ámbito territorial de las Administraciones de la Agencia Tributaria. (BOE 2010-11-12).

Resolución de 9 de diciembre de 2010, de la Secretaría Estado para la Función Pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2011, a efectos de cómputo de plazo. (BOE 11-12-2010).

2. Procedimientos de Gestión e Inspección

Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas aprobado por Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre y el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta aprobado por Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre. (BOE 2010-11-30).

Orden EHA/3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican las formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de carácter tributario correspondientes a los modelos 038, 156, 159, 170, 171, 180, 181, 182, 183, 184, 187, 188, 189, 190, 192, 193, 194, 195, 196, 198, 199, 291, 296, 299, 340, 345, 346, 347, 349, 611 y 616 y por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Orden EHA/3302/2010, de 16 de diciembre, por la que se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 193, aprobado por Orden de 18 de noviembre de 1999, del modelo 187, aprobado por Orden de 15 de diciembre de 1999, del modelo 291, aprobado por Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre, del modelo 196, aprobado por Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre y del modelo 171, aprobado por Orden EHA/98/2010, de 25 de enero. (BOE 2010-12-22).

Orden EHA/3334/2010, de 16 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. (BOE 2010-12-27).

Real Decreto 1789/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, en relación con el cumplimiento de determinadas obligaciones formales. (BOE 2010-12-31).

3. Procedimiento de Recaudación

Orden EHA/3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican las formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de carácter tributario correspondientes a los modelos 038, 156, 159, 170, 171, 180, 181, 182, 183, 184, 187, 188, 189, 190, 192, 193, 194, 195, 196, 198, 199, 291, 296, 299, 340, 345, 346, 347, 349, 611 y 616 y por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

4. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas aprobado por Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre y el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta aprobado por Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre. (BOE 2010-11-30).

Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2011 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE 2010-11-30).

Real Decreto 1788/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes en materia de rentas en especie, deducción por inversión en vivienda y pagos a cuenta. (BOE 2010-12-31).

5. Impuesto sobre Sociedades (IS)

Real Decreto 1788/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes en materia de rentas en especie, deducción por inversión en vivienda y pagos a cuenta. (BOE 2010-12-31).

6. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

REGLAMENTO (UE) 904/2010 DEL CONSEJO de 7 de octubre de 2010 relativo a la cooperación administrativa y la lucha contra el fraude en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

DIRECTIVA 2010/66/UE DEL CONSEJO de 14 de octubre de 2010 que modifica la Directiva 2008/9/CE por la que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la devolución del impuesto sobre el valor añadido, prevista en la Directiva 2006/112/CE, a sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de devolución, pero establecidos en otro Estado miembro.

Decisión de Ejecución del Consejo, de 15 de octubre de 2010, por la que se autoriza a la República Italiana para aplicar una medida especial de excepción al artículo 285 de la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DUE. L 294 de 12 de noviembre de 2010)

Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas aprobado por Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre y el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta aprobado por Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre. (BOE 2010-11-30).

Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2011 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE 2010-11-30).

Directiva 2010/88/UE del Consejo, de 7 de diciembre de 2010, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que se refiere a la duración de la obligación de respetar un tipo normal mínimo (DUE L 326 de 10 de diciembre de 2010).

Real Decreto 1789/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, en relación con el cumplimiento de determinadas obligaciones formales. (BOE 2010-12-31).

7. Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

Orden EHA/3316/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 210, 211 y 213 del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que deben utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente, la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación y otras normas referentes a la tributación de no residentes. (BOE 2010-12-23).

Real Decreto 1788/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes en materia de rentas en especie, deducción por inversión en vivienda y pagos a cuenta. (BOE 2010-12-31).

8. Impuestos Especiales

Orden EHA/2631/2010, de 5 de octubre, por la que se modifica la Orden EHA/3947/2006, de 21 de diciembre, por la que se aprueban los modelos, plazos, requisitos y condiciones para la presentación e ingreso de la declaración-liquidación y de la declaración resumen anual de operaciones del Impuesto Especial sobre el Carbón y se modifica la Orden de 15 de junio de 1995, en relación con las entidades de depósito que prestan servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.

Orden EHA/2770/2010, de 26 de octubre, por la que se aprueba el modelo 521 «Relación Trimestral de Primeras Materias Entregadas» y se establecen el plazo y el procedimiento para su presentación.

Orden EHA/3345/2010, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 513 «Impuesto sobre la Electricidad. Declaración anual de actividad» y se establece el plazo y el procedimiento para su presentación. (BOE 2010-12-28).

Orden EHA/3363/2010, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos. (BOE 2010-12-30).

Orden EHA/3385/2010, de 23 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 500 de documento de acompañamiento y el modelo 501 de documento de acompañamiento de emergencia, y se dictan normas para su cumplimentación. (BOE 2010-12-31).

9. Otras disposiciones de interés

Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. (BOE 2010-12-23).

Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo. (BOE 2010-12-03).

Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada. (BOE 11-12-2010).

10. Comunidad Autónoma de Andalucía

Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011. (BOJA 31-12-2010).

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