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Modelo 720: Respuesta de la Comisión Europea

mayo 20th, 2015 Posted by Normativa, Sin categoría 0 comments on “Modelo 720: Respuesta de la Comisión Europea”

Recientemente, el director de la Agencia Tributaria recordó que 134 mil contribuyentes presentaron en 2013 la declaración de bienes y derechos a través del Modelo 720, respecto a los bienes en el extranjero a 31 de diciembre de 2012, y por un importe de 88.865 millones de euros. Sin embargo, los técnicos del Ministerio Hacienda estiman que puede haber más de 2,5 millones de residentes fiscales en nuestro país obligados a presentar dicha declaración, muchos de los cuales serían de nacionalidad extranjera.

Pues bien, ahora que estamos en plena “campaña” de presentación del Modelo 720 relativo al ejercicio 2014 (fecha de presentación entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2015), la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea ha contestado a varias denuncias presentadas por distintos colectivos y particulares, en la que comunica que ha decidido profundizar en la investigación para proponer, en su caso, la incoación de un procedimiento de infracción contra el Reino de España.

En concreto, y de conformidad con dichas contestaciones, los servicios de la Comisión están en trámite de proponer la incoación de dicho procedimiento de infracción en relación con dos aspectos concretos de nuestra legislación interna, y que detallamos a continuación:

• Las sanciones, ya que el importe que puede imponerse como consecuencia de la no declaración, o la declaración fuera de plazo de los bienes y derechos situados en el extranjero, podría ser desproporcionado en la medida que se aparte del importe fijado para infracciones similares de las normas fiscales nacionales relativas a la declaración de la renta.

• El plazo de prescripción, ya que la normativa española podría infringir el Derecho de la Unión Europea en relación con los activos situados en el territorio comunitario si estos estuvieran sometidos a cierto grado de información que permitiera a la Administración Tributaria española disponer de datos de los mismos procedentes de otras fuentes ajenas al Modelo 720.

Aun cuando estas primeras conclusiones de la Comisión Europea corresponden a una fase preliminar de la posible incoación de un procedimiento infractor, tienen gran relevancia ya que puede suponer la primera piedra de salvación para muchos contribuyentes que en los años anteriores no declararon en tiempo y forma la totalidad de sus bienes y derechos situados en el extranjero (algunos por simple desconocimiento), y que están alarmados por las graves consecuencias previstas en la normativa española actualmente en vigor.

Estaremos atentos y pondremos en conocimiento cualquier novedad existente al respecto.

Plan de control Tributario y Aduanero del año 2015

mayo 17th, 2015 Posted by Novedades, Sin categoría 0 comments on “Plan de control Tributario y Aduanero del año 2015”

El pasado 11 de marzo se publicó en el BOE la Resolución de la Dirección General de la AEAT por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2015, marcado por el refuerzo de sus actuaciones de control con el fin de aflorar actividades no declaradas.

Entre otros colectivos, se actuará en relación con particulares que ceden viviendas por internet u otras vías, así como sobre aquellas empresas que no cumplen debidamente con sus obligaciones fiscales. Todo ello, al tiempo que se seguirán reforzando las visitas presenciales para la detección de alquileres irregulares no declarados.

A su vez, la Agencia Tributaria impulsará también las actuaciones de control en aquellos casos en que aprecie la existencia de riesgos significativos de infradeclaración de la actividad.

Por otra parte, se analizará muy especialmente la posible utilización de programas informáticos que alteren la facturación real, renumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.

A continuación resumimos algunos de los principales aspectos de este Plan:

Perjuicio para la libre competencia

Para garantizar una mayor efectividad de la acción inspectora, se planificarán actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional al objeto de combatir técnicas de ocultación de la actividad. Especialmente se actuará en relación con contribuyentes que realizan ventas finales al público por las mayores dificultades de contraste que tradicionalmente han tenido estas actividades.

Las actuaciones coordinadas se complementarán con inspecciones ordianrias y verificaciones formales en determinados sectores, contribuyendo así a la creación de conciencia entre los contribuyentes sobre la necesidad de desechar estas prácticas.

En 2015, la Agencia Tributaria seguirá potenciando la lucha contra la economía sumergida mediante las intervenciones presenciales con personal de auditoría informática que analizará y verificará los programas y archivos de los equipos electrónicos de los obligados tributarios.

Igualmente, se mantendrán actuaciones presenciales dirigidas a comprobar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo establecida en la ley antifraude de 2012 (Ley 7/2012).

El rastreo del fraude en internet

La Agencia Tributaria hará frente a las nuevas formas de fraude que se producen en internet, tanto mediante la captación y explotación de la información pública disponible en la red que permita descubrir actividades ocultas o bienes objeto de un comercio ilícito, como a través de actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica.

La captación de información se realizará a través de una serie de herramientas informáticas que permitirán ordenar y sistematizar la información. Está previsto cruzar la información de más de 200.000 dominios para su posterior incorporación a las bases de datos de la Administración Tributaria. Igualmente, y al objeto de valorar, desde el punto de vista tributario, la relevancia económica de las páginas de comercio electrónico, se procederá a la captación de los indicios de éxito que ofrecen las empresas especializadas en análisis y valoración de páginas web y en redes sociales.

También se utilizará la tecnología de las redes sociales para analizar operaciones comerciales entre agentes económicos, al objeto de identificar patrones de comportamiento que se corresponden con actividades defraudadoras (tramas de IVA, uso de testaferros, etc.),

Patrimonios ocultos en el extranjero

La investigación de patrimonios ocultos en el extranjero a partir de la información aportada por el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el exterior será un pilar básico para la búsqueda de patrimonios deslocalizados. Ya se encuentran en fase de investigación más de 7.000 contribuyentes sobre los cuales la Agencia Tributaria cuenta con indicios de que, o bien debieron presentar el modelo 720 y no lo hicieron, o bien no declararon su patrimonio exterior correctamente.

Este amplio plan de inspecciones vendrá acompañado de la implantación, en el plazo más corto posible, del intercambio automático de cuentas financieras a través del Estándar Común de Información acordado por España y medio centenar más de jurisdicciones fiscales el pasado mes de octubre.

Fiscalidad internacional

En el ámbito de la fiscalidad internacional, se prestará atención preferente a contribuyentes con residencia fiscal en España que se sirvan de instrumentos o estructuras híbridas (con distinto trato tributario en otro país), para eludir o minorar el pago de impuestos a la Hacienda española. Este refuerzo del control complementará las nuevas medidas incorporadas en la reforma del Impuesto sobre Sociedades en relación con los híbridos.

También para combatir la planificación fiscal abusiva, se intensificará el control de pagos al exterior y operaciones complejas a los que resulten de aplicación las normas antiabuso, prestando especial atención a las estructuras en las que intervienen “conduit companies” (sociedades interpuestas para obtener los beneficios de un convenio bilateral).

De igual forma, se mantendrán los controles sobre operaciones y localizaciones ficticias de residencia en paraísos fiscales y se reforzarán las actuaciones relativas a la comprobación de actividades económicas desarrolladas en España por no residentes, atendiendo especialmente a las situaciones de tránsito de residencia (actividad esporádica en España).

Por otra parte, continuarán siendo objeto de especial control la utilización improcedente de empresas para reducir la tributación de personas físicas, el análisis de signos externos de riqueza, los emisores de facturas irregulares y las tramas de fraude organizado en el IVA, ámbito donde se potenciará la detección temprana de las organizaciones y la detección de esquemas de adquisición masiva y por precios simbólicos de sociedades sobre las que recaen o van a recaer importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables.

También se intensificarán las actuaciones sobre sectores económicos que, no resultando especialmente afectados por el descenso de actividad derivado de la crisis económica, continúen presentando declaraciones tributarias inconsistentes con indicios que pongan de manifiesto unos niveles de facturación o capacidad económica relevantes.

Agilización del control recaudatorio complejo

En el área de Recaudación se reforzará la investigación de los casos de mayor complejidad probatoria en supuestos de derivaciones de responsabilidad de deudas pendientes, al objeto de combatir las operaciones de vaciamiento patrimonial de especial calado.

También se agilizará la gestión de las deudas en fase de embargo y de aquellas afectadas por procesos concursales, potenciando, al mismo tiempo, la viabilidad de las empresas por todas las vías legalmente previstas.

En el ámbito penal, se impulsarán las acciones a interponer por presunta comisión de delitos de insolvencia punible, actuaciones que se conjugarán con un incremento en el control de deudores insolventes para la detección de posibles solvencias sobrevenidas y la participación de estos deudores en nuevas sociedades mercantiles.

En materia de control de Aduanas e Impuestos Especiales, seguirán teniendo especial relevancia las actuaciones para la detección del contrabando de tabaco, no sólo mediante los controles tradicionales de toda la cadena de fabricación, distribución, logística y comercialización, sino también mediante la detección de nuevas técnicas de producción o introducción en España.

Igualmente, se reforzarán los controles en los recintos aduaneros de viajeros y mercancías procedentes de áreas de menor tributación, mediante la utilización de escáneres de contenedores, de vehículos o de paquetería.

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