Adjunto os enviamos texto completo del Real Decreto Ley 20/2011, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal para los ejercicio 2011 y 2012.
Las principales novedades introducidas, en relación con la normativa anteriormente vigente, pueden desglosarse del siguiente modo:
Se eleva el mínimo exento de la vivienda habitual hasta un máximo de 300.000 Euros.
La normativa estatal establece una reducción en la base imponible por importe de 700.000 Euros, si bien dicha reducción pouede ser modificada por las Comunidades Autónomas. En el caso concreto de Andalucía, no se ha establecido modificación alguna a dicha reducción.
Se encuentran obligados a presentar declaración por el Impuesto, aquellos sujetos pasivos a los que salga cuota a ingresar o bien tengan un patrimonio superior a la cifra de 2.000.000 Euros, sin descontar gravámenes y deudas.
Adjunos les insertamos documento elaborado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) en relación con situación del Impuesto sobre el Patrimonio por Comunidades Autónomas.
Como de costumbre, estamos a vuestra disposición para comentar o aclarar cualquier aspecto relacion con la novedad legislativa comentada.