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HACIENDA PUEDE PEDIR AL COLEGIO DE LOS NIÑOS LAS FACTURAS PAGADA…

8 de octubre de 2016 | 11:03 am Novedades, Sin categoría

Recientemente hemos tenido conocimiento de la Sentencia dictada el pasado 13 de julio de 2016 por el Tribunal Supremo, que reconoce como ajustado a derecho el requerimiento efectuado por la Agencia Tributaria a un Colegio privado.

Efectivamente, en este caso, el requerimiento pedía al colegio privado en el que estaban escolarizados los hijos menores del contribuyente, las facturas emitidas por la escolarización, transporte, comedor, así como cualquier actividad extraescolar relacionada con los alumnos

El Colegio privado accedió a facilitar la documentación y remitió copia de hasta 59 facturas emitidas al padre de los alumnos, quien recurrió inicialmente ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y posteriormente ante el Tribunal Supremo, quien finalmente ha considerado que Hacienda está legitimada para pedir dicha información y que el Colegio privado está obligado a la entrega de la misma, toda vez que se trata de información con transcendencia tributaria.

Esencialmente, el padre de los alumnos se oponía a la entrega de dicha información, por considerar que se trataba de datos personales y privados de menores de edad y, en consecuencia, se estaba vulnerando el derecho a la intimidad. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechaza tal interpretación al considerar que se trata de

“las facturas de referencia contienen datos personales de los menores pero no todo dato personal es íntimo ni la protección que a la información personal fundamenta el artículo 18 de la Constitución puede erigirse en obstáculo para el cumplimiento del deber que la propia Constitución impone a todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con la capacidad económica de cada uno.

Las referencias al colegio en que estudiaban los menores, a que realizaban alguna actividad extraescolar y a que comían en el centro no forman parte, propiamente, del ámbito de la intimidad y, en ningún caso están excluidas del conocimiento de la Administración Tributaria desde el momento en que todas ellas tienen una traducción económica y, por tanto, son relevantes para establecer la capacidad económica de su padre.

En definitiva, parece que queda abierta la puerta para que Hacienda pida información a Colegios Privados para conocer la situación económica de sus padres y a partir de aquí llevar a cabo regularizaciones tributarias. Habrá que estar atentos…

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